Micelio
Auto4 de septiembre de 2025

A- de 2025

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Riveros Serrato Héctor·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el actor no subsanó en debida forma las falencias identificadas en el auto de inadmisión.

Concluyó la Sala Plena de la Corporación que el recurso impetrado no cumplió con la carga argumentativa que le era exigible y que el demandante solo se limitó a reiterar su desacuerdo con el contenido del auto de rechazo, sin demostrar que éste fuera equivocado.

Con base en lo anterior se RECHAZÓ la súplica invocada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR, por falta de carga argumentativa, el recurso de súplica interpuesto contra el auto del 16 de julio del 2025, mediante el cual el magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Héctor Riveros Serrato en contra del artículo 59, numeral 15 de la Ley 1480 de 2011.
  2. SEGUNDO. Proceda la Secretaría General de la Corte Constitucional a comunicarle el contenido de esta decisión al recurrente, indicándole que contra esta decisión no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. En firme esta decisión, archívese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.